El próximo domingo 13 de agosto, Argentina tendrá sus elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO), en la que se definirá quiénes son los candidatos a presidente, vicepresidente y cargos legislativos para las generales de octubre.
En los últimos meses, varias provincias tuvieron sus comicios locales, que estuvieron marcados por una tendencia: una suba en el ausentismo. Sin embargo, la Constitución Nacional establece multas para quienes no concurren a votar.
Dónde voto: consulta el padrón electoral definitivo para las PASO
La Ley 19.945 establece que el voto es “universal, igual, secreto y obligatorio” para todos los argentinos de entre 16 y 70 años. “Todo elector tiene el deber de votar en la elección nacional que se realice en su distrito”, agrega la normativa.
Solo están exentos de la obligación los mayores de 70 años; los jueces y sus auxiliares que tengan actividad durante la jornada; quienes se encuentran a más de 500 kilómetros del lugar de votación; personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor; y el personal de organismos y empresas de servicios públicos que deben cumplir servicio durante el acto electoral.
En el caso de quienes se encuentren lejos del lugar donde deben votar, la ley remarca que deben presentarse el día de la elección a una comisaría o dependencia policial para pedir un certificado. Por otro lado, si no se puede acudir por problemas de salud, se debe pedir un certificado médico. Además, los menores de 18 años no serán sancionados.
Para incentivar el voto, el transporte público será gratuito en las elecciones
Quienes no hayan justificado su no voto ante la Justicia Nacional Electoral hasta 60 días después de las elecciones, recibirán una multa económica, cuyo valor va desde $50 hasta $500. Si no se paga, el elector queda imposibilitado de hacer trámites en organismos públicos por un año.
Cabe mencionar que no votar en las PASO no imposibilita a la persona a participar en las elecciones generales, ya que se considera un derecho y un deber.