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El Gobierno reglamentó la reforma del Estado de la Ley Bases
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El Gobierno reglamentó la reforma del Estado de la Ley Bases

El Gobierno nacional reglamentó el apartado de la Ley Bases sobre la reforma del Estado, con la que busca avanzar en la reorganización de los organismos públicos y la privatización de empresas.

La normativa fue oficializada a través del Decreto 695/2024, publicado este lunes en el Boletín Oficial, que lleva la firma del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y los ministros Luis Caputo (Economía) y Federico Sturzenegger (Desregulación y Transformación del Estado).

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El Capítulo I de reorganización administrativa faculta al Poder Ejecutivo a “disponer la reestructuración de los órganos u organismos de la administración central o descentralizada”, como también su intervención. En cuanto a las empresas y sociedades del Estado, le permite modificar o transformar la estructura jurídica, escisión, reorganización, reconformación o transferencia a las provincias o a la Ciudad de Buenos Aires.

Por su parte, el Capítulo II de privatizaciones declara “sujetas a privatización” a “las empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria del Estado nacional enumeradas en el anexo I de la citada ley”.

Por último, el Capítulo III de procedimientos administrativos establece la necesidad de  adecuar el Reglamento de Procedimientos Administrativos.

Según el decreto, la Jefatura de Gabinete deberá aprobar dentro de los próximos 15 días el cronograma de implementación del silencio con sentido positivo.

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“El silencio con sentido positivo, en el marco de procedimientos administrativos en los cuales trámite el otorgamiento de una autorización administrativa, comenzará a regir de acuerdo con las fechas previstas en el precitado cronograma y para los procedimientos que se inicien con posterioridad a las mismas”, explica el texto.

Además, “las reparticiones de la Administración Pública centralizada y descentralizada deberán identificar y mantener actualizado el detalle de los procedimientos administrativos alcanzados por lo establecido en el párrafo anterior, en el ámbito de sus competencias”.

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