La provincia de San Juan comenzará a inmunizar contra el coronavirus a todos los trabajadores esenciales y a los mayores de 40 años en una nueva ampliación del Plan Provincial de Vacunación, informó hoy la ministra de Salud Pública, Alejandra Venerando.
La funcionaria anunció que «la vacunación contra el Covid-19 alcanzará a los grupos mayores de 40 a 49 años, a todas las personas consideradas esenciales durante la pandemia».
Por otro lado indicó que «es fundamental que sigamos teniendo en cuenta las medidas de cuidado, que son trascendentales para disminuir la comorbilidad y la morbilidad de muchas personas en nuestra provincia».
Además de los mayores de 40, en la ampliación se incluye a trabajadores de la recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos, del transporte público de pasajeros esenciales, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP, dijo Venerando en conferencia de prensa virtual acompañada por las jefas de Epidemiologia, Mónica Jofré y de Inmunizaciones, Marita Sosa.
También abarca a trabajadores de mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias, personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones y personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
Se agrega el personal de los servicios de justicia con atención al público, conforme establezcan las autoridades competentes, personas que deban asistir a otras con discapacidad y comorbilidades, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes y personal de supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas.
La vacunación será también para quienes desarrollan actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales, el personal bancario con atención al público y de reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
El personal de hoteles, restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario, la actividad minera de proceso continuo y las industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, también están incluidos en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa PEN N° 429/20.
Venerando mencionó además a personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos, la actividad registral nacional y provincial, el personal de organismos de recaudación, los servicios postales y de distribución de paquetería y el comercio por vía electrónica (e-commerce) en modalidad de entrega a domicilio o delivery.
Finalmente recibirá la vacuna el personal de servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia, los trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial y municipal con atención al público y las autoridades de Gobierno nacional, provincial y municipal.