El personal doméstico está habilitado a retomar sus tareas en la Ciudad de Buenos Aires. De esta manera, los y las trabajadoras del rubro podrán regresar hoy al trabajo siempre y cuando tengan un solo empleador y bajo el cumplimiento del protocolo establecido para la actividad que establece cuidados básicos para evitar el contagio de coronavirus.
La aprobación de la actividad se realiza tras la publicación hoy en el Boletín Oficial con la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y del ministro de Salud, Ginés González García.
El protocolo establece que el traslado de los trabajadores y trabajadoras estará a cargo del empleador, pudiendo utilizar taxis y vehículos de alquiler pero no transporte público de pasajeros.
Además, el uso de tapabocas es obligatorio, tanto por parte del personal como de toda aquella persona que se encuentre presente «al momento de la prestación de tareas», y deberán permancer a una distancia mínima de dos metros con cualquier persona.
El protocolo indica además que deberá practicarse la higiene de manos de manera frecuente; principalmente, al ingresar al domicilio, así como antes y después de manipular basura, desperdicios, alimentos, de haber ingerido alimentos, «luego de tocar superficies de contacto frecuente (como picaportes, barandas, manipular dinero, tarjetas de crédito / débito, llaves, animales, etc) y después de utilizar instalaciones sanitarias».
Estos son los otros puntos que establece el protocolo:
– Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca.
– No compartir elementos de uso personal (vasos, cubiertos, mate, etc.).
– No utilizar celular en la zona de trabajo. Si por necesidad es usado, se debe proceder automáticamente a una nueva higiene de manos y del artefacto.
– Si el trabajador tiene que salir en su horario laboral (a hacer compras, pasear mascotas, etc.) deberá en todas las oportunidades tomar los mismos recaudos detallados para el ingreso al domicilio.
– En caso de recibir compras a domicilio deberá desinfectar los paquetes.
– Se deberá realizar la limpieza de modo tal que reduzca la dispersión de polvo o suciedad que puedan contener microorganismos.
– Evitar actividades que favorezcan el levantamiento de partículas en suspensión, como escobas y aspiradoras.
– Se deberá limpiar y desinfectar en primer lugar superficies elevadas y superficies de alto contacto (picaportes, teclas de luz, timbre, perillas de horno, entre otras) y finalmente el suelo.
– En caso de manipular ropa sucia no se deberá sacudir, debiendo colocarla directamente en el lavarropas.
– Se deberá limpiar todas las superficies de trabajo con agua y detergente, y desinfectar las mismas con solución con lavandina al 10% (10 ml de lavandina de uso doméstico en 1 litro de agua) o alcohol al 70%. Puede utilizarse un envase con pulverizador.
– La ropa que el personal utilice para trabajar será distinta de la utilizada para trasladarse a y desde el lugar de trabajo. Dicha vestimenta utilizada durante el desarrollo de la jornada laboral debe ser lavada con detergentes habituales a más de 60°C.
– Los elementos básicos de protección serán provistos por el empleador y deben ser preferentemente descartables o lavados diariamente con agua a 60°C y jabón. El trabajador o la trabajadora debe ser capacitado/a específicamente sobre su correcto uso.
– Uso de guantes de limpieza y mantener la limpieza de los depósitos de residuos con kit de desinfección.
– Se tendrá en cuenta que los detergentes eliminan la suciedad y la materia orgánica disolviendo el polvo, aceites o grasa, para luego facilitar su eliminación con el enjuague, por lo cual es importante lavar con detergente, luego enjuagar con agua limpia y desinfectar con hipoclorito de sodio al 10 % según sea el caso (método del doble balde/doble trapo).
– El empleador deberá establecer horarios de entrada y salida para el trabajador, donde haya menor aglomeración de personas en el domicilio.
– Ante un caso sospechoso, el empleador debe adecuarse a los lineamientos y pautas generales establecidas en los protocolos COVID-19, en particular, al “Protocolo de manejo frente a casos sospechosos y confirmados de de Covid-19”, y en caso de confirmación del diagnóstico por la autoridad sanitaria, se procederá a tramitar la licencia del trabajador/a por enfermedad.