El proyecto de ley que modifica el índice de movilidad jubilatoria, enviado anoche por el Poder Ejecutivo al Senado, comenzará a ser debatido la semana próxima en comisiones y llegaría al recinto virtual de la Cámara alta en la segunda semana de diciembre, para lograr su sanción antes de fin de año, estimaron hoy fuentes parlamentarias.
El Ejecutivo envió anoche el proyecto que modifica el índice de movilidad jubilatoria, elaborado en base al trabajo de una comisión mixta, y que comenzará a utilizarse desde 2021, cuando venza el actual período de emergencia en la materia.
La iniciativa, cuyo contenido fue anticipado hace 20 días por el Gobierno, contempla un aumento semestral mediante una fórmula que combina los índices de evolución de los salarios (50%) y de la recaudación (50%), vigente en el Gobierno de Cristina Fernández (2007-2015).
El proyecto -de ocho artículos- comenzaría a ser debatido la semana próxima en comisiones y llegaría al recinto virtual de la Cámara alta en la segunda semana de diciembre, para permitir que Diputados lo pueda sancionar antes de fin de año, según estimaron fuentes parlamentarias.
«El objetivo es sancionar esta ley antes de fin de año para que se otorgue el primer aumento por esta fórmula en marzo de 2021, en base a la evolución de los salarios y la recaudación«, señaló en diálogo el presidente de la comisión mixta de Movilidad Previsional, Marcelo Casaretto (Frente de Todos).
El texto del proyecto fue elaborado en base a la propuesta de 131 páginas elevada por esa comisión, creada a partir de la Ley 27.541 de Solidaridad Social e integrada por 17 miembros -legisladores del oficialismo y de la oposición y funcionarios nacionales-, cuyo labor constó de 17 reuniones en las que se recibieron a 24 expositores.
En el mensaje del Poder Ejecutivo al Congreso que acompaña el proyecto, se señala que «a fin de hacer más justo, equitativo y sostenible el sistema, se propone modificar la periodicidad de la aplicación del índice de actualización de las remuneraciones, insumo necesario para el cálculo del haber inicial de los jubilados y pensionados».
«Debe tenerse en cuenta, que la fórmula de movilidad debe ser leída como parte del programa macroeconómico para la reconstrucción argentina y no como una medida aislada de su contexto social, económico y político y que se expresa en un proceso que tiene como norte no dejar atrás a los sectores más vulnerables de la población y que precisamente por ello, requiere de una alta dosis de responsabilidad para no volver a caer en profundas decepciones», remarca.
El mensaje está firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el ministro de Economía, Martín Guzmán y el de Trabajo, Claudio Moroni.
«A la luz de esos valiosos aportes, creemos haber alcanzado una síntesis precisa que permite definir una nueva fórmula que, por un lado, recupera lo mejor de las experiencias ya transitadas y, por el otro, incluye las nuevas condiciones que nos impone Ia presente coyuntura», sostiene el texto.
Se detalla asimismo que se busca «retomar el criterio que pondera en un 50% salarios y en un 50% Ia recaudación tributaria de Anses, con el objetivo de recuperar el equilibrio del sistema en función de sus fuentes de financiamiento«.
«La consideración de la Ripte como único índice salarial y la consideración de valores homogéneos de las variables involucradas en la fórmula para calcularlas entre dos períodos, de manera tal de evitar que los resultados sean sensibles a decisiones de política tributaria o políticas de la seguridad social, así se minimizan efectos no deseados sobre la movilidad derivados de cambios en la política tributaria, en la distribución federal de recursos o en las condiciones de acceso a los beneficios», según destaca el texto.
Además se remarca el hecho de proponer «volver a una actualización semestral que permitirá acompañar un proceso de desindexación de la economía» y de «reducir en tres meses el rezago de las principales variables involucradas».
«En relación con este tema, existe una convicción compartida por todos y todas las personas participantes de la Comisión acerca de que el rezago –entre el período a considerar y la fecha de aplicación‒ debe ser el menor posible para asegurar la inmediatez, entendiendo que un rezago irrazonable daña el nivel real de la tasa de reemplazo y también generaría focos de litigiosidad», explicitaron los firmantes del mensaje.
En ese sentido, apuntaron: «Hacemos énfasis en que entre los principales argumentos por los cuales se retoma la consideración de un índice salarial con una ponderación del 50% responde a que con ello se refuerza el carácter sustitutivo de las prestaciones jubilatorias».
«Esto es, se reconoce positivamente la relación que debe existir entre el salario de un trabajador activo y su futuro haber previsional», agrega y dice que «se facilita, también, que en los períodos de crecimiento económico los jubilados y pensionados puedan participar con justa razón de las mejoras salariales y del crecimiento económico«.
Para el Poder Ejecutivo, «el salario, al estar ligada su actualización a las negociaciones colectivas entre el sector trabajador y el sector empleador, favorece la cohesión y justicia social enlazando los intereses de nuestros adultos mayores en situación pasiva con los de la fuerza laboral activa».
«En suma, la vinculación entre la evolución de los haberes jubilatorios y los salarios, fortalece la concepción de la Seguridad Social como sistema justo y solidario, estrechamente articulado al mundo del trabajo, teniendo en consideración, además, que el sistema previsional obtiene su financiamiento principalmente de las cotizaciones sociales», concluyeron.