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La AFIP apelará el fallo que cerró la investigación contra Susana Gimenez
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La AFIP apelará el fallo que cerró la investigación contra Susana Gimenez

La AFIP apelará el fallo del magistrado en lo Penal Económico, Diego Amarante, que estableció que se archivara la investigación penal que se le inició a Susana Giménez como consecuencia de la denuncia que la entidad llevó a cabo a raíz de una presunta evasión agravada en $50 millones.

El organismo le pedirá a la Cámara Nacional de Apelaciones en la Penal Económico que analice nuevamente la determinación del juez primera instancia, que consideró que la conductora no efectuó ninguna acción que pueda ser calificada como engañosa según «los estrictos términos que reclama la ley», ya que, afirmó que la diva no negó nunca su capacidad fiscal ni realizó algún truco con el objetivo de «desdibujarla».

Por lo tanto, Amarante  indicó que «en el ejercicio de su derecho constitucional de peticionar a las autoridades (artículo 14 de la Constitución Nacional) ocurrió ante un órgano jurisdiccional, reclamando aquello que consideraba ajustado a derecho, y que desde su perspectiva influía directamente sobre la determinación que correspondía hacerse del impuesto en cuestión».

En ese marco, el presidente de la Administración Federal, Carlos Castagneto, remarcó que «aún suponiendo que, como plantea el juez, no haya habido ‘ocultamiento patrimonial’, la señora Susana Giménez todavía no presentó las declaraciones juradas» e hizo hincapié en que «ante el Fisco todos los y las contribuyentes tienen las mismas obligaciones». «Este es un caso que surge de la matriz de riesgo y el control sistémico que posee el organismo, no realizamos fiscalizaciones a dedo«, subrayó.

El funcionario agregó que «la falta de exteriorización de sus bienes imposibilita que la AFIP controle la determinación e ingreso del Aporte Solidario Extraordinario» y afirmó que «en definitiva, estamos frente a una ausencia de voluntad para cumplir con sus obligaciones impositivas que está a la vista«.

Mediante un comunicado, la AFIP  indicó que el no presentar las declaraciones juradas de Bienes Personales muestra una «conducta de ocultación maliciosa» definida en la ley penal como evasión de tributos.

En ese sentido, recalcó que la declaración jurada es obligatoria debido al principio de «autodeclaración» establecido en el sistema tributario argentino, y cuando se oculta la situación fiscal se sustrae del abono del tributo. «Este ocultamiento obligó a desplegar la actividad estatal a efectos de poder conocer la situación patrimonial y por ende el ‘quantum’ del impuesto dejado de ingresar, determinando finalmente la deuda en más de $50 millones», concluyó.

 

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