El Gobierno nacional reglamentó este viernes el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), con el cual apunta a conseguir inversiones en sectores que considera estratégicos.
La normativa fue puesta en vigencia a través del Decreto 749/2024, publicado en el Boletín Oficial. Con este proyecto en marcha, se espera que el ministro de Economía, Luis Caputo, realice un nuevo viaje a Arabia Saudita en septiembre para captar inversiones.
Desde el Gobierno esperan con este régimen “promover el desarrollo económico, fortalecer la competitividad, incrementar las exportaciones y favorecer la creación de empleo”.
Caputo viajará a Arabia Saudita en busca inversiones con el RIGI
El RIGI incluye aquellos proyectos de al menos US$ 200 millones como inversión, ofreciendo facilidades impositivas, estabilidad, seguridad jurídica, y beneficios en el mercado de cambios e importaciones.
Son ocho los sectores de la economía considerados por el Gobierno: forestoindustria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, petróleo y gas.
En el caso del último sector, la reglamentación remarcó que las inversiones destinadas a transporte y almacenamiento deben ser de al menos US$ 300 millones; mientras que las de exploración y explotación deben ser mayores a US$ 600 millones.
Entre los beneficios más importantes, se encuentran la reducción del impuesto a las Ganancias al 25%; exenciones en el pago de derechos de importación; amortización acelerada de bienes muebles e infraestructura; y se permitirá que computen el 100% del impuesto al cheque crédito en Ganancias.
Por otro lado, tendrán facilidades para liquidar las divisas que ingresen por exportaciones: alcanzarán al 20% después de dos años iniciada la inversión, 40% después de tres años y 100% a partir del cuarto año.
«Un RIGI para las pymes»: el reclamo del sector para competir con las grandes inversiones
“El RIGI permitirá que nuestro país asuma nuevamente la condición de proveedor mundial de bienes y servicios en condiciones de calidad y competencia y, a través de ello, contribuir a la prosperidad y el progreso de la Nación”, aseguraron en el decreto.
Por otro lado, señalaron que las normas complementarias a la presente reglamentación serán dictadas por parte de la Autoridad de Aplicación, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Banco Central (BCRA) y demás Secretarías y reparticiones en el ámbito de sus competencias “en un plazo máximo de 30 días corridos a contar desde la publicación de esta reglamentación”.