La Corte Constitucional de Ecuador confirmó la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) respecto a la prohibición del uso de celulares o cualquier dispositivo móvil durante las votaciones para el ballotage presidencial que tendrá lugar el próximo 13 de abril.
La Corte analizó la medida y determinó que cuenta con una «constitucionalidad condicionada», es decir, que se implementará pero con ciertas limitaciones.
Por lo tanto, la prohibición de la utilización de dispositivos móviles solo podrá llevarse adelante con el fin de cuidar que el voto sea secreto.
Si una autoridad electoral establece que alguien violó la normativa y debe ser sancionado, la multa tendrá que «observar los principios constitucionales de legalidad, reserva de ley, proporcionalidad y el derecho al debido proceso».
El CNE sacó una resolución en marzo pasado en la que prohibía el uso de celulares o cualquier dispositivo movil durante la segunda vuelta del 13 de abril
Y fijó penas económicas que van desde los 9.870 dólares hasta los 32.900 para quien incumpla esta disposición.
En el ballotage, pelearán por la presidencia, el actual mandatario, Daniel Noboa y la candidata por el correísmo, Luisa González. En la primera vuelta, Noboa obtuvo el 44,17% y Luisa González, el 44%.