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Giro histórico: el papa Francisco decretó la apertura a la participación de las mujeres en la Iglesia
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Giro histórico: el papa Francisco decretó la apertura a la participación de las mujeres en la Iglesia

El papa Francisco decretó hoy que las mujeres pueden acceder a los ministerios del «lectorado» y el «acolitado», hasta ahora reservados a los hombres en el derecho canónico, en lo que supone un giro histórico a la doctrina de la Iglesia al eliminar la restricción de género.

Con un Motu Propio publicado este lunes, el pontífice modificó uno de los artículos del Código de Derecho Canónico y le dio un marco legal a una práctica que era utilizada en algunos lugares, pero sin el aval jurídico de la Santa Sede.

«Me pareció oportuno establecer que pueden ser instituidas como Lectores o Acólitos no sólo hombres sino también mujeres, en quienes, a través del discernimiento de la pastores y después de una adecuada preparación, la Iglesia reconoce ‘la firme voluntad de servir fielmente a Dios y al pueblo cristiano'», sostuvo Francisco en las consideraciones del decreto de este lunes.

 

Francisco decretó que las mujeres pueden acceder a los ministerios del «lectorado» y el «acolitado», hasta ahora reservados a los hombres en el derecho canónico.

 

Según la tradición de la Iglesia, el lector es el encargado de leer la Palabra de Dios en la asamblea litúrgica, instruyendo a los fieles para recibir los sacramentos, mientras que el acólito oficia de ayudante del diácono y al sacerdote en el altar.

En ocasiones, el acólito puede distribuir la comunión y expone el Santísimo para la oración, uno de los momentos de las misas católicas, además de instruir a todos los fieles sobre la Eucaristía.

«Los laicos que tengan la edad y las aptitudes determinadas por decreto de la Conferencia Episcopal, pueden ser asumidos permanentemente, a través del rito litúrgico establecido, a los ministerios de lectores y de acólitos; sin embargo, esta concesión no les da derecho a mantener ni a remuneración de la Iglesia», dispuso el pontífice.

Así, el Papa eliminó la restricción de género y abrió la posibilidad de que las mujeres participen en los ministerios hasta hoy reservado a hombres.

«La elección de conferir también a las mujeres estos cargos, que implican una estabilidad, un reconocimiento público y el mandato del obispo, hace más eficaz en la Iglesia la participación de todos en la obra de evangelización», justificó Francisco su decisión.

Según explicó el Vaticano, las mujeres que leen la Palabra de Dios durante las celebraciones litúrgicas o que realizan un servicio en el altar, como monaguillos o dispensadores de la Eucaristía no son una novedad, y en muchas comunidades del mundo es ahora una práctica autorizada por los obispos.

Sin embargo, todo esto se llevó a cabo sin un mandato institucional real hasta la publicación del decreto papal de este lunes, ya que por una decisión del entonces Papa Pablo VI, en 1972, el acceso a los dos ministerios de lectorado y acolitado quedaba reservado a los hombres, porque los consideraba preparatorios cualquier acceso al orden sagrado.

 

 

«La elección de conferir también a las mujeres estos cargos, que implican una estabilidad, un reconocimiento público y el mandato del obispo, hace más eficaz en la Iglesia la participación de todos en la obra de evangelización», dijo.

 

En los considerandos del decreto, Francisco destacó la influencia de las discusiones sobre el tema durante los dos últimos Sínodos que convocó en Roma, especialmente el dedicado a la Amazonía en octubre de 2019, en los que se exploraron vías para institucionalizar la presencia de la mujer en el altar.

Con el Motu proprio «Spiritus Domini» de hoy, que modifica el primer párrafo del canon 230 del Código de Derecho Canónico, el Papa estableció que las mujeres pueden tener acceso a estos ministerios que se les atribuye mediante un acto litúrgico.

En el plano de reglamentación, Francisco dispuso que «será tarea de las Conferencias Episcopales establecer criterios adecuados de discernimiento y preparación de candidatos para los ministerios del Lectorado o Acólito, u otros ministerios que estimen establecer, de conformidad con las disposiciones del Motu Proprio ‘Ministeria quaedam’, sujeto a la aprobación de la Santa Sede y según las necesidades de la evangelización en su territorio».

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