La Asamblea Nacional (Parlamento) de Nicaragua aprobó una reforma migratoria que autoriza a no permitir el ingreso al país de de personas, entre ellas ciudadanos nicaragüenses, «que puedan menoscabar la soberanía nacional o representen un riesgo social».
La normativa incluye en el Código Penal, penas que van de los dos a los seis años años tras las rejas para los nicaragüenses que ingresen, salgan o quieren irse del territorio nacional de manera irregular.
Según precisa «con fines de menoscabar la integridad, la independencia, la soberanía y la autodeterminación de la nación, comprometer la paz, alterar el orden constitucional, fomentar o provocar, conspirar e proponer, inducir a actos terroristas de desestabilización económica y social del país».
Ortega busca reformar la Constitución de Nicaragua e instalar una «copresidencia»
Y agrega que «cuando la evasión de control fronterizo sea con fines de cometer delito de traición, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, la pena por imponer se aumentará en un tercio en los límites mínimos y máximos».
Es así como la reforma, enviada al Parlamento por el líder del régimen, Daniel Ortega, legaliza los destierros, las negativas de ingreso o salida de nicaragüenses y residentes extranjeros que constituyan un «riesgo social» o que puedan «menoscabar la soberanía nacional».
«Es decisión soberana del Estado de Nicaragua, a través de la Dirección General de Migración y Extranjería, autorizar o denegar el ingreso, revocar la permanencia, cancelar la residencia o la nacionalidad nicaragüense adquirida», deja en claro Ortega en la iniciativa.
Acorde con el proyecto, Migración notificará «a las empresas de transporte internacional terrestre, aéreo, marítimo, fluvial y lacustres la prohibición de trasladar al territorio nacional a personas que su ingreso no esté autorizado o tenga restricción migratorias bajo apercibimiento de asumir los costos de retorno al lugar de origen o de procedencia».