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Trump creó un registro para inmigrantes: quiénes deben anotarse y cómo hacerlo
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Trump creó un registro para inmigrantes: quiénes deben anotarse y cómo hacerlo

En su lucha contra la inmigración ilegal, el presidente de EEUU, Donald Trump, creó un registro en el cual deben inscribirse todos los inmigrantes que lleguen al territorio norteamericano.

Esta medida fue puesta en marcha el 25 de febrero de este año y deben cumplirla de manera obligatoria todos los extranjeros que se queden en el país por más de 30 días sin importar cual sea su estatus.

La resolución advierte que «protegiendo al pueblo estadounidense contra la invasión» se aplicarán sanciones para quienes incumplan esta disposición.

QUÉ INMIGRANTES DEBERÁN ANOTARSE EN ESTE REGISTRO

Acorde con el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) y el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés), la orden ejecutiva abarca a todo extranjero mayor de 14 años que no se encuentre registrado y cuyas huellas dactilares no hayan sido tomadas al pedir la visa.

Si se trata de un menor de 14 años, su padres o tutores legales deberán anotarlo en este nuevo registro.

Los visitantes de Canadá que entraron a EEUU por un puerto terrestre y no se les dio un comprobante de inscripción y los individuos que presentaron solicitudes al Uscis que no estén dentro de la normativa, como los solicitantes de DACA o Estatus de Protección Temporal, también tendrán que completar esta inscripción.

QUIÉNES ESTÁN EXCEPTUADOS

Los indígenas americanos nacidos en Canadá que entraron a EEUU amparados por la sección 289 de la INA.

-Los integrantes de la Tribu Kickapoo de Texas que ingresaron bajo la Ley de la Tribu Kickapoo.

QUÉ PASA UNA VEZ QUE LA PERSONA SE REGISTRÓ

Luego que el extranjero se haya registrado y se le haya realizado la toma de sus huellas dactilares, el DHS le entregará un comprobante de inscripción.

Aquellos mayores de 18 años tendrán que llevar este documento consigo en todo momento.

Este resgistro no brinda ningún estatus migratorio ni beneficios extras, como autorizaciones de trabajo o protecciones legales.

CUÁLES SON LAS SANCIONES PARA QUIENES NO CUMPLAN

Aquellos que  no se registren pueden enfrentar sanciones civiles y penales, como contraer cargos por delitos menores y el pago de multas.

Uscis, como la agencia encargada de los servicios de inmigración, dejó en claro que no habrá excepciones para quienes no cumplan.

QUIÉNES YA ESTÁN REGISTRADOS

-Residentes permanentes legales.

-Los extranjeros con libertad condicional en los Estados Unidos bajo la sección 212(d)(5) de la INA.

-Extranjeros admitidos en los EEUU como no inmigrantes a quienes se les entregó el Formulario I-94 o I-94W.

-Todos los extranjeros que viven en los Estados Unidos y que obtuvieron visas de inmigrante o no inmigrante previo a su llegada.

-Extranjeros a quienes el DHS colocó en proceso de deportación.

-A los extranjeros que se les dio un documento de autorización de empleo.

-Extranjeros que hayan pedido la residencia permanente legal mediante los formularios I-485, I-687, I-691, I-698, I-700.

CÓMO COMPLETAR ESTE REGISTRO

La persona debe abrirse una cuenta  la página web: https://my.uscis.gov/ y así podrá completar el registro de manera digital.

 

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