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Comenzó la veda electoral: ¿qué no se puede hacer hasta las PASO?
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Comenzó la veda electoral: ¿qué no se puede hacer hasta las PASO?

Desde las 8:00 de este viernes 11 de agosto, comenzó la veda electoral de cara a las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO), que establece una serie de prohibiciones.

Se trata de un tiempo de “reflexión” para los electores, en el que no se pueden realizar eventos políticos ni tampoco algunas actividades comerciales y sociales desde 40 horas antes de los comicios hasta tres horas después, es decir hasta las 21:00 de este domingo.

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Por un lado, la veda electoral marca el final de la campaña y la publicidad electoral, por lo que no se pueden hacer actos políticos, proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, ni tampoco difundir spots de campaña.

De acuerdo al artículo 71 del Código Nacional Electoral, en este período tampoco se puede:

  • Admitir reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de ochenta metros (80 m) alrededor de la mesa receptora.
  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
  • Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
  • A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
  • Realizar actos públicos de proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales.
  • La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos.
  • Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.

De esta forma, desde las 20:00 del sábado y hasta las 21:00 del domingo no se podrán vender bebidas alcohólicas, y los negocios dedicados a su expendio deben permanecer cerrados.

Por otro lado, los electores no podrán concurrir el día de las elecciones con alguna identificado partidaria, como banderas, divisas u otros distintivos desde 12 horas antes y hasta tres horas después. De hacerlo, puede recibir una multa.

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