A dos días de que se celebren las elecciones presidenciales, aparece la clásica pregunta: ¿cuál es la multa por no ir a votar?
Si el individuo cuenta con una razón que explica su ausencia para ese día, debe concurrir con su DNI a la comisaría más próxima del lugar en el que está y pedir una certificación escrita en la que se detalle el motivo de su falta.
Elecciones 2023: todo lo que hay que saber para ir a votar este domingo 22 de octubre
Como segundo paso, para evitar abonar una multa, tiene que ir con ese documento al Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que le corresponda al elector o ante la Cámara Nacional Electoral. Y tiene que hacerlo en el lapso de los 60 días hábiles de llevado a cabo el comicio.
Si una persona no cumple con su deber cívico y carece de una razón, deberá pagar una sanción económica y al mismo tiempo, pasará a integrar el Registro de Infractores al deber de votar.
La multa que tendrán que abonar quienes carezcan de una razón para no ir a votar, va desde los $ 50 y $ 500. La cifra está relacionada al número de infracciones que el individuo ya tenga en forma previa y lo determina la Cámara Nacional Electoral básandose en la Acordada 37/2013 de la Cámara Nacional Electoral.
- Leer también: Elecciones 2023: a qué hora se sabrán los resultados
Como tercer apercibimiento: quedará suspendido para llevar adelante funciones o tener cargos en el área pública durante tres años desde celebrada la elección.
Por último, si no se abona la multa, ese ciudadano no podrá realizar gestiones o trámites en las dependencias del Estado, ya sea, a nivel nacional, provincial o en CABA.