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La Justicia porteña habilitó la candidatura de Jorge Macri a jefe de Gobierno
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La Justicia porteña habilitó la candidatura de Jorge Macri a jefe de Gobierno

El Tribunal Electoral de la Ciudad de Buenos Aires rechazó los pedidos de impugnación contra Jorge Macri y lo habilitó para que pueda ser precandidato a jefe de Gobierno porteño.

Los jueces Roberto Requejo, Romina Tesone y Rodolfo Ariza Clerici consideraron que el actual ministro de Gobierno porteño “cumple con los requisitos estipulados en el artículo 97 de la Constitución local para postularse al cargo de Jefe de Gobierno”.

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De esta forma, el máximo tribunal rechazó las tres impugnaciones realizadas por Vanisa Biasi, Nito Artaza y Juan Pablo Chiesa, quienes reclamaban que su candidatura era inconstitucional porque no cumplía con el requisito de residencia en el distrito.

En el fallo, los magistrados señalaron que para ser elegido como mandatario porteño “se requiere ser argentino, nativo o por opción; tener treinta años de edad cumplidos a la fecha de la elección; ser nativo de la Ciudad o poseer una residencia habitual y permanente en ella no inferior a los cinco años anteriores a la fecha de elección; y no encontrarse comprendido en algunas de las inhabilidades e incompatibilidades previstas para los legisladores”.

Biasi, Artaza y Chiesa manifestaron que Macri había sido electo intendente de Vicente López en 2019 y estuvo en dicho cargo hasta este año, cuando comenzó a formar parte del equipo de Horacio Rodríguez Larreta, motivo por el cual no era posible que tenga residencia de cinco años en el territorio porteño.

Sin embargo, la Justicia explicó que “la pretensión de la parte actora de exigir a los candidatos a Jefe de Gobierno que acrediten una residencia de cinco años ‘inmediata’ a la elección, implica una lectura que se aparta de la clara letra de la Constitución local que, en su artículo 97, exige específicamente la demostración de una residencia en la Ciudad caracterizada como ‘habitual’ y ‘permanente’”.

Sobre el caso de Jorge Macri, establecieron que durante 1981 y 2006 tuvo dos domicilios en dicha jurisdicción y que entre los años 1987 y 1999 “ejerció su derecho a sufragar en la Ciudad”.

“Se colige que el requerimiento constitucional de que los candidatos/as a Jefe/a de Gobierno acrediten una residencia ‘habitual’ y ‘permanente’ en la Ciudad que no resulte inferior a cinco (5) años, se encuentra acreditado y cumplido en el caso concreto”, remarcaron.

(Con información de NoticiasArgentinas.com)

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