Después de que se cayó el tratamiento por la Ley Ómnibus, un grupo de diputados de La Libertad Avanza presentó un proyecto en el Congreso para derogar el aborto legal, que recibió críticas y hasta generó rispideces dentro del bloque oficialista.
La normativa establece la derogación de la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), a la vez que penaliza la práctica tanto para las mujeres gestantes como para quienes la practiquen.
Rocío Belén Bonacci fue la diputada que impulsó este proyecto, el cual también cuenta con el acompañamiento del jefe del bloque de LLA, Oscar Zago; Lilia Lemoine; Beltrán Benedit; María Fernanda Araujo y Manuel Quintar.
“Entendemos que dicha ley no es constitucional, y contraría el sentir general del pueblo argentino y que no contempla la dignidad de la persona humana, razones por la cuales corresponde promover su derogación”, expresó Bonacci.
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Entre los puntos de la derogación, se busca modificar el artículo 85 del Código Penal de la Nación para imponer penas a quienes causen un aborto: reclusión o prisión de tres a diez años “si obrare sin consentimiento de la mujer”, con aumento hasta 15 años si el hecho “fuere seguido de la muerte de la mujer”; y de uno a cuatro años si obrare con consentimiento, aumentando hasta seis años, si el hecho fue seguido de muerte.
También pretende cambiar el artículo 86, para el cual se “incurrirán en las penas establecidas en el artículo 85 y sufrirán, además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena, los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo”. Solo establece que no será punible si se realiza con consentimiento “y con el fin de evitar un peligro inminente para la vida de la madre, siempre que el peligro no pueda ser evitado por otros medios”.
En cuanto al artículo 88, el proyecto establece que “será reprimida con prisión de uno a tres años, la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer no es punible”.
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Entre los fundamentos, Bonacci consideró que el nombre al nombrar a la ley “Interrupción Voluntaria del Embarazo” se comete una “falsificación al llamar al acto que es, lisa e indubitablemente un aborto, por lo que fue claramente la intención la de confundir a partir de un eufemismo que lo único que persigue es hacer creer el reconocimiento por ley de un derecho al aborto, mientras que se está realmente ante el derecho a acabar con la vida de la persona por nacer”.
La legisladora santafesina hizo foco en cuestiones como el comienzo de la vida humana “desde la concepción”; la “dignidad humana”; que atenta contra el “federalismo” al imponer una normativa a todas las provincias; que va en contra del “derecho personalísimo a la objeción de conciencia”; y que incumple con tratados a los que Argentina adhirió como la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Americana de Derechos Humanos.
Además, Bonacci busca eliminar la no punibilidad de los abortos de embarazos por una violación: “Decidimos eliminar la causal de no punibilidad por entender que la misma ha sido sistemáticamente interpretada como una justificación de la práctica. En efecto, creemos que no existe ninguna razón, por dramática que sea, que justifique el descarte de una vida inocente”.
“Si aparece una justificación para eliminar una vida inocente, siempre aparecerán otras razones para excluir de este mundo a otros seres humanos dependiendo de las circunstancias. Cuando la concepción del hombre como persona se debilita, la organización del Estado tiende a volverse colectivista y absoluta” enfatizó.