A pesar de que la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a seis años de prisión para Cristina Kirchner en la causa Vialidad, la exmandataria no será encarcelada en lo inmediato.
Esto se debe a que el fallo aún no es definitivo: la sentencia debe ser revisada y ratificada por la Corte Suprema de Justicia para que se haga efectiva. Hasta que el máximo tribunal se pronuncie sobre el caso, la condena no se ejecutará y la líder del Partido Justicialista no perderá su libertad ni su posibilidad de participar en política.
La defensa de Kirchner, así como el Ministerio Público Fiscal, cuenta ahora con un plazo de diez días para presentar recursos ante la Corte Suprema, apelando la decisión de Casación. Una vez iniciado el proceso, el análisis y revisión del caso por la Corte podrían llevar meses; de hecho, se espera que recién en marzo de 2025 el tribunal comience a estudiar la apelación.
Si la Corte ratifica la sentencia, la exvicepresidenta quedará inhabilitada de por vida para ocupar cargos públicos y deberá cumplir la pena de prisión.
El fallo reciente fue emitido por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña en una audiencia pública transmitida por YouTube, en la cual ratificaron la sentencia del Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) de diciembre de 2022.
En esa ocasión, el TOF 2 encontró a Kirchner culpable del delito de administración fraudulenta contra el Estado debido a concesiones irregulares de obras públicas a Lázaro Báez, que habrían generado un perjuicio estimado en 85.000 millones de pesos.
La decisión de Casación no solo confirma la condena de Kirchner, sino también la de otros acusados en el caso, incluyendo al empresario Lázaro Báez y a exfuncionarios como José López y Nelson Periotti, todos involucrados en las maniobras que generaron las pérdidas denunciadas para el Estado.
Además, la Cámara ordenó el decomiso de la suma que se habría desviado, calculada en 84.835 millones de pesos.
Por otro lado, el fallo también ratifica la absolución de otros imputados, como Julio De Vido y Abel Fatala, mientras que Carlos Santiago Kirchner fue sobreseído debido a la prescripción de la acción penal en su contra, que consistía en incumplimiento de deberes de funcionario público.