En el debate por la Ley Ómnibus, que se lleva a cabo en Diputados, uno de los puntos clave es las facultades delegadas, pero ¿en qué consiste este pedido que Milei le hace al Congreso?
El proyecto precisa: «La presente ley contiene delegaciones legislativas al Poder Ejecutivo Nacional de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, social, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria y social».
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Según se explicá en el sitio web de Diputados, «la delegación legislativa es la habilitación excepcional y limitada que el Congreso puede conferir al Poder Ejecutivo para que éste ejerza temporalmente algunas de las facultades legislativas que la Constitución otorga al Poder Legislativo».
«El Congreso conserva la titularidad de la facultad legislativa delegada, puede ejercerla mientras transcurre el plazo de la delegación e incluso puede reasumirla anticipadamente derogando la ley mediante la cual se otorga», agrega.
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¿Cuál es el argumento para brindarle al Ejecutivo facultades delegadas? «El fundamento que se ha esgrimido para permitir constitucionalmente la delegación legislativa es que la demanda normativa que requiere el adecuado funcionamiento de los sistema políticos contemporáneos, no puede ser adecuadamente atendido por el procedimiento ordinario de sanción de las leyes, dada la cantidad y complejidad técnica, y la rapidez de respuesta normativa que es necesaria para el eficaz desenvolvimiento de la vida política en nuestros días».
¿QUÉ ESTABLECE LA CONSTITUCIÓN SOBRE LAS FACULTADES DELEGADAS?
En su artículo 76, la Constitución Nacional «prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública».
A su vez indica que esa delegación tiene que darse «con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca».
¿QUÉ EXPRESIDENTES CONTARON CON DELEGACIÓN DE FACULTADES?
Eduardo Duhalde, el 6 de enero de 2002, cuando estaba al frente del Poder Ejecutivo, sancionó la Ley de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, que regía en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria. Para llevarla adelante, el Congreso debió cederle facultades en esas áreas.
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En un principio, la emergencia duraría hasta el 10 de diciembre de 2003, pero se extendió en el gobierno de Néstor Kirchner y en el de Cristina Kirchner, prorrogándose así hasta el 31 de diciembre de 2017, fecha que abarcó la mitad de la gestión de Mauricio Macri.
Más tarde, en diciembre del 2019, Alberto Fernández dictaminó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, donde se definió la emergencia pública «en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social».
La resolución estuvo vigente hasta el 31 de diciembre del año pasado.