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Desde julio, será obligatorio el uso de receta electrónica para comprar medicamentos
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Desde julio, será obligatorio el uso de receta electrónica para comprar medicamentos

El Gobierno avanzó en la reglamentación del DNU 70/2023. A través del decreto 345/2024, el Ministerio de Salud estableció que a partir del 1° de julio, será obligatorio el uso de recetas electrónicas para comprar medicamentos.

“Corresponde reglamentar la obligatoriedad de la receta electrónica y/o digital como el medio para la prescripción de medicamentos, órdenes de estudios, prácticas y cualquier otra indicación que los profesionales de la salud consideren pertinentes para sus pacientes, en todo el territorio”, dice la normativa.

Con esto, apuntan a “mejorar la calidad en la prestación de servicios de salud a los ciudadanos, a través de la eficiencia y la seguridad, facilitando la identificación de los profesionales que prescriben medicamentos”.

También contempla “la integración y estandarización de las plataformas digitales ya existentes en el sistema, la definición de un diccionario nacional de medicamentos y el seguimiento eficaz del tratamiento de los pacientes”.

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De esta forma, buscan “aumentar la competitividad del mercado, migrando a la receta electrónica y/o digital, a los fines de lograr una mayor agilidad de la industria y minimizar costos”.

También remarcaron que las recetas electrónicas o digitales “resultan más seguros para garantizar el resguardo de la información” de los pacientes.

“Las actuales implementaciones de receta electrónica y/o digital continúan vigentes en su uso, en tanto cumplan con los requisitos previstos en la presente reglamentación, los que en un futuro la normativa o la autoridad de aplicación establezca y en los términos del cronograma de implementación que se acuerde”, agregaron desde el Ministerio de Salud.

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Con respecto a cómo será la venta y despacho de medicamentos, explicaron que “deben realizarse desde la farmacia, en presencia de un farmacéutico responsable (director técnico y/o farmacéutico auxiliar), su venta y entrega al paciente podrá ser acordada por canales electrónicos determinados por la farmacia, mediante traslado al lugar que éste disponga a su conveniencia”.

“Es responsabilidad del profesional farmacéutico garantizar que el traslado se realice de modo seguro conforme los requisitos aplicables y los que la autoridad sanitaria establezca a tal efecto. Las farmacias deberán archivar y guardar las recetas digitales durante 3 años”, señalaron.

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